Constancia del Empleador - Instituto Nacional de Migración

Icono de check

Obtén tu Constancia del Empleador ante el Instituto Nacional de Migración.

Icono de check

Realiza el trámite completamente en línea.

Icono de check

Deja que nuestros abogados se encarguen de todo el trámite por ti.

Primera consulta gratuita

¡Gracias!
Te hemos enviado un correo a tu buzón.

Uno de nuestros abogados se pondrá en contacto contigo lo antes posible.
Oops! Something went wrong while submitting the form.

Más de 10.000 personas ya han confiado en nosotros

Nuestros clientes destacan nuestra cercanía, eficiencia, agilidad y comunicación constante ¿vas a ser el siguiente?

Icono de Google
5,0 sobre 20 reseñas
"Excelente servicio y trato al cliente. Súper rápido y personalizado, lo mejor de todo…el precio."
Icono de Google

Publicado en Google por
Regina Romero

"Muy buen servicio, súper rápido y a muy buen precio. Recomendados"
Icono de Google

Publicado en Google por
José Ignacio Fernández Blanes

"Muy buen servicio y trámite rápido"
Icono de Google

Publicado en Google por
Michel Bauer

"Hice un trámite recientemente y la verdad muy buen servicio, super profesionales! Definitivamente lo recomiendo."
Icono de Google

Publicado en Google por
Sofia Flores Turcott

"Me ayudaron a realizar un trámite y súper bien. Muy eficazes"
Icono de Google

Publicado en Google por
Maria Torres

"Excelente servicio y atención al cliente con resultados excelentes."
Icono de Google

Publicado en Google por
Erwin Frost

"Muy buen servicio. Bastante satisfecho con la atención brindada. Son totalmente confiables y se nota el compromiso hacia el cliente."
Icono de Google

Publicado en Google por
Oscar Estrada Farrera

"Buenísimos."
Icono de Google

Publicado en Google por
Alix Bauer

"Genial equipo. Me ayudó mucho y rápidamente en mi petición. Totalmente recomendables y fiables."
Icono de Google

Publicado en Google por
Pedro Gomez Santos

"Excelente trato desde principio a fin, todo claro, desde coste hasta cada uno de los pasos que se siguen. Constante comunicación con la abogada Samantha Contreras y su Gestora Olga. Cualquier duda es resuelta al momento. 1000% recomendable. Ahorro de costes y resultados increíblemente mejores de los aprestos. Cumplen con lo prometido. Sin duda la mejor opción."
Icono de Google

Publicado en Google por
Rubén Lozano

"Genial, me han arreglado la vida y puedo empezar de cero. El trato de Olga y Samantha a sido genial todo el rato he estado asesorada, y te recomiendan si lo ven viable o no para gestionarlo. Sin ninguna duda, si tengo otra gestión volveré a contactar con ellos."
Icono de Google

Publicado en Google por
Evelin Valverde

"Recomendado al 1000*1000 yo mi gestión me la realizado Anna y hoy me han comunicado que estoy exonerada !! La mayor alegría de mi vida y todo gracias a ellos , a pesar de la distancia y de ser on line su profesionalidad me transmitió paz y tranquilidad y así me lo han demostrado !"
Icono de Google

Publicado en Google por
Aria García

"Todo ha sido rápido y muy bien gestionado. Me han informado perfectamente durante todo el procedimiento. Un 10 para Enley."
Icono de Google

Publicado en Google por
Diego Nieto Huerta

"Como ya he dicho en otra ocasión es un placer trabajar con este buffet pero después de tener la resolución de un juez sobre la ley de la segunda oportunidad e tenido unos problemillas y Ana Valero me lo a solucionado en un abrir y cerrar de ojos es increíble el potencial de este buffet y sobre todo de Ana Valera q es con quién e tratado yo mil gracias es poco."
Icono de Google

Publicado en Google por
Francisco Javier Abucha Gomez

Tu constancia del empleador

Constancia del Empleador
$5,000

Todo el trámite en aproximadamente 20 días.

*Precios reflejados en Pesos Moneda Nacional sin IVA.

Consigue tu constancia del empleador en 4 sencillos pasos:

1

Proporciona los documentos necesarios a nuestros abogados.

2

Revisamos que tu documentación sea correcta y completa.

3

Agendamos una cita ante el INM.

4

Ingresamos tu documentación.

Preguntas frecuentes

Icono para abrir y cerrar respuesta de pregunta frecuente

¿Qué documentos necesito?

Persona Física:

  • Identificación oficial.
  • Comprobante de domicilio.
  • Constancia de inscripción en el RFC.
  • Constancia de última declaración de impuestos.
  • Aviso de registro como prestadores de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas expedido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Persona Moral:

  • Acta constitutiva.
  • Poder del representante legal.
  • Identificación del representante legal.
  • Comprobante de domicilio.
  • Constancia de inscripción en el RFC.
  • Constancia de última declaración de impuestos.
  • Lista de empleados y su nacionalidad.
  • Aviso de registro como prestadores de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas expedido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Icono para abrir y cerrar respuesta de pregunta frecuente

¿Qué vigencia tiene la constancia del empleador?

El documento cuenta con una vigencia de un año, toda vez que el mismo debe ser actualizado una vez que las empresas realizan la presentación de declaración de impuestos dentro de los 30 días siguientes.

Icono para abrir y cerrar respuesta de pregunta frecuente

¿Cuándo se debe actualizar la constancia del empleador?

  • La constancia de inscripción de empleador deberá actualizarse dentro de los 30 días siguientes a que ocurra la modificación que le dé origen, en los siguientes casos:
    • Cambio de representante o apoderado legal.
    • Cambio de domicilio.
    • Actualización anual de la declaración de impuestos.
    • Obtención y/o renovación del número de su REPSE.
  • La Constancia siempre debe encontrarse debidamente actualizada para poder continuar con los procesos llevados a cabo ante el Instituto Nacional de Migración.
Icono para abrir y cerrar respuesta de pregunta frecuente

¿Cuántos trabajadores debo de tener dados de alta?

Las empresas podrán contratar temporalmente a trabajadores extranjeros en una proporción que no exceda del diez por ciento de los de la especialidad, conforme al artículo 7 de la Ley Federal del Trabajo.

Icono para abrir y cerrar respuesta de pregunta frecuente

¿Qué es la visa por oferta de empleo?

La visa por oferta de empleo es aplicable para personas extranjeras que pretendan internarse en México en la condición de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas y que cuenten con la extensión de una oferta de empleo.

Icono para abrir y cerrar respuesta de pregunta frecuente

¿Cuáles son las condiciones de estancia que permiten trabajar al migrante en México?

  1. Residente temporal con permiso para trabajar.
  2. Residente permanente.
  3. Visitante con permiso para realizar actividades remuneradas.
  4. Visitante por razones humanitarias.

Dónde estamos

Oficina México

Alfonso Nápoles Gándara 50,

01219 Ciudad de México

Oficina España

Rocafort, 248-250. Ent. 4ª
08029 Barcelona

Oficina España

Ayala 27, 6º

28001 Madrid

Oficina Alemania
Linkstraße 2, Planta 8

10785 Berlin

Consulta gratis con un abogado

Te ayudamos a resolver cualquier duda

¡Gracias!
Te hemos enviado un correo a tu buzón.

Uno de nuestros abogados se pondrá en contacto contigo lo antes posible.
¡Ups! Algo salió mal al enviar el formulario. Por favor contáctanos por correo electrónico en info@enley.mx
WhatsApp Logo